Con motivo del Día del Consumidor, queremos hacer un resumen de los Derechos Básicos de los Consumidores recogidos en la legislación vigente (Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre) para que todos nuestros clientes y lectores podáis tener acceso fácilmente a la información y evitar sufrir vulneraciones de vuestros derechos.
Derecho a una información correcta
Todo consumidor tiene derecho a recibir una información correcta, objetiva, cierta, eficaz, comprensible y suficiente de todos los productos, bienes y servicios puestos a su disposición. En el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid, nuestro ámbito de actuación, debe estar escrita, al menos, en castellano.
La información debe adecuarse a la realidad del producto o servicio que se adquiera, puesto que no es lo mismo comprar un libro que un coche, o una hipoteca, con todo lo que conlleva y los procesos que pueden acarrear, como estamos viendo las últimas semanas.
La información obtenida, debe proporcionare en todo caso, los datos necesarios para poder realizar una correcta valoración y una libre elección final, que cubra las necesidades que como consumidores queremos o necesitamos cubrir.
Los productos de consumo deben incluir toda la información necesaria en sus etiquetas, cumpliendo la normativa europea (Reglamento sobre clasificación, etiquetado y envasado (CLP), de junio 2015). Además, hay sectores que tienen su propia normativa adicional.
Derecho a la protección de los intereses económicos y sociales
Muy de la mano del derecho anterior, este derecho se refiere a que los intereses de los consumidores no se vean defraudados por terceros por falta de información, por una publicidad engañosa o por un exceso de información o presión a la hora de elegir.
Este derecho tiene tres momentos, en un proceso de compra, donde es especialmente relevante:
- Antes de la compra de un producto o de la contratación de un servicio. El consumidor tiene derecho a recibir correcta y completa información sobre su futura compra; recibir un presupuesto o coste antes de ir a pagar y a hacer el pago por un método autorizado y legal.
- En el momento de la compra, el consumidor tiene derecho a conocer de manera clara las condiciones de la compra, precios y tarifas; a comprobar con exactitud las medidas o cantidades compradas; a aceptar o rechazar libremente las condiciones y evitar aceptación de cláusulas abusivas o condiciones no negociadas previamente que vayan en su perjuicio; y tiene derecho a recibir copia del contrato y la factura.
- Después de la compra, el derecho del consumidor vela por que se cumplan y respeten los derechos de comprobación, garantía, reclamación y posibilidad de renuncia o devolución establecidos. Por tanto, el consumidor tiene derecho a recibir los documentos de garantía y los manuales de instrucciones en los bienes de naturaleza duradera; disponer de servicios técnicos para los supuestos de avería y disponer de hojas de reclamaciones, en caso de que quiera dejar constancia escrita de alguna disconformidad.
Derecho a reclamar
Si tú como consumidor sientes que tu derecho se ha visto vulnerado, denúncialo. Te indicamos a continuación el procedimiento a seguir:
- Plantea inicialmente la queja o la reclamación ante la empresa o profesional responsable. Puede que de esta manera consigas la subsanación de la infracción sin tener que recurrir a trámites más tediosos.
- En caso de no conseguirlo, toma medidas legales y formula la reclamación a través de las administraciones públicas(a través de la Dirección General de Consumo de la Comunidad de Madrid); a través de organizaciones privadas de defensa de los consumidores; o a través de su abogado de confianza. De este modo se pondrán en marcha los mecanismos de mediación o arbitraje entre consumidor y empresa.
Derecho a la reparación de los daños y perjuicios sufridos
En el caso de que como consumidor sufras algún tipo de daño o perjuicio ocasionado como consecuencia de la adquisición o utilización de algún producto o servicio, tienes derecho a que su reparación e, incluso, a una indemnización.
No obstante, en este derecho son los tribunales de justicia y/o el sistema arbitral de consumo los que decidirán sobre la indemnización de daños y prejuicios. La mejor manera de conseguir un buen resultado en su indemnización es dejarse asesorar por su abogado de confianza.
Derecho a la representación, consulta y participación
Todo consumidor tiene derecho a que sus intereses sean adecuadamente defendidos y representados a través de las asociaciones de consumidores. Estas son entidades privadas sin ánimo de lucro, cuya finalidad es la protección y defensa de los intereses de los consumidores.
Los consumidores, unidos a través de estas asociaciones pueden ejercer de forma colectiva y con mayor fuerza su derecho de reclamar y tener así mayor capacidad de llegar a las administraciones públicas para regular aspectos como la vivienda, los transportes, la sanidad y la seguridad, entre otros muchos.
Derecho a la salud y a la seguridad
Algo que parece obvio, a veces no lo es tanto y se cometen muchas irregularidades. Todos los consumidores tienen derecho a que los productos y servicios puestos a su disposición sean seguros. Se entiende que un producto es seguro cuando en condiciones normales de utilización no presente ningún riesgo o únicamente riesgos mínimos, compatibles con el uso del producto y considerados admisibles.
Si el producto supone algún riesgo para el consumidor debe ser debidamente informado a través de las etiquetas, instrucciones o indicaciones para su correcto uso o consumo.
Derecho a la protección administrativa y técnica
Las normas de protección de los consumidores obligan a que las administraciones públicas dispongan de servicios que ayuden a los consumidores en caso de que se necesite orientación y defensa frente a actuaciones abusivas o ilegítimas en relación a la compra de un producto o la contratación de un servicio.
Para ello, deben disponer de servicios y oficinas de información al consumidor que informen sobre sus derechos y obligaciones y dónde el consumidor pueda exponer y tramitar consultas, reclamaciones y denuncias sobre los temas y asuntos de consumo.
Puedes localizar su Oficina Municipal de Información al Consumidor (OMIC) más cercana, en Madrid, a través de esta web.
Además, las administraciones deben tener departamentos que realicen actuaciones de control e inspección de los productos y servicios destinados a los consumidores en cualquier fase de comercialización.
Es importante saber que la Administración no puede obligar a la empresa o al profesional que haya cometido una infracción a reparar los daños causados a un consumidor. Si se quiere exigir una indemnización por los daños y perjuicios sufridos, como hemos comentado anteriormente, se debe acudir a los tribunales de justicia o, si la empresa lo acepta, emplear la vía arbitral.
Derecho a la educación y formación en materia de consumo
Finalmente, y no por eso menos importante aunque muchas veces no pensemos en ello, los consumidores tienen derecho a recibir educación y formación en materia de consumo, para que puedan conocer sus derechos y la manera de ejercerlos adecuadamente.
Para esto, las administraciones públicas tienen el deber de velar por el cumplimiento de la legislación además de realizar campañas informativas, tanto de aspectos del consumo en general, como específicos por sectores o productos concretos.
(Fuente: http://www.madrid.org)
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