El Supremo deberá sentar esta semana una jurisprudencia definitiva que permita dirimir cuándo es posible considerar que un banco debe asumir las pérdidas de un consumidor por haberle vendido un producto inadecuado para personas sin conocimientos financieros profesionales. “La clave es que se vendió un tipo de producto complejo a clientes que carecían de los conocimientos financieros necesarios. No sabían realmente qué estaban firmando”, explica Eduardo Triviño, socio fundador de Triviño Abogados.
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea falló en abril de 2014 que todas las hipotecas multidivisa vendidas sin haber informado adecuadamente de los riesgos del producto a los consumidores que carecían de conocimientos financieros debían considerarse nulas y, por tanto, los afectados podían recuperar su dinero. En el mismo sentido se pronunció el Tribunal Supremo español en junio de 2015, en una sentencia en la que concluyó que las hipotecas multidivisas eran un derivado financiero, lo que obligaba al banco a dar una información exhaustiva. Sin embargo, esta teoría es opuesta a la que sostuvo la corte europea en otro fallo de diciembre de 2015, a raíz de un caso surgido en Rumanía. “Se hace necesaria una resolución definitiva sobre este tema, que será la que pronuncie el Supremo el próximo miércoles\», señala Triviño.
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