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Bonos y valores convertibles en acciones: reclame, los tribunales resuelven a favor
Este producto financiero está recibiendo múltiples reclamaciones. Al adquirir bonos y valores convertibles en acciones, el inversor le presta el dinero al banco a cambio de una determinada rentabilidad más o menos alta. La entidad financiera le devuelve ese capital prestado, pero no en metálico, sino que lo hace en acciones de la propia entidad ¿Qué ha ocurrido entonces? ¿Por qué se presentan reclamaciones? Como las acciones estaban sobrevaloradas, a la hora de devolverlo las reembolsan a 12 euros, cuando las acciones cotizan actualmente a 3. De este modo, los ahorradores pierden hasta el 75% del capital invertido. Todos los inversores que se encuentran en esta situación deben saber que pueden reclamar y que los tribunales están resolviendo favorablemente estas solicitudes.
Cláusulas suelo de las hipotecas: el 90% pueden ser nulas
El Tribunal Supremo, a partir del 9 de mayo de 2013, declaró que cuando se vendían las cláusulas suelo de la hipotecas de una determinada manera, sin condiciones de transparencia, éstas eran nulas. Lo que ha ocurrido es que todo el proceso de venta fue muy similar en las diferentes entidades y, en consecuencia, el 90% de las cláusulas suelo de las hipotecas españolas pueden ser nulas. Pese a ello, recomendamos seguir reclamando la devolución de lo indebidamente pagado. Todas estas reclamaciones están concluyendo con éxito e incluso en algunos casos con acuerdos con las propias entidades bancarias. En ningún caso Triviño Abogados supone coste alguno para nuestros clientes, porque lo que hace este despacho es repercutir esos honorarios en la entidad bancaria demandada.
Acciones Bankia: los afectados son soberanos para decidir si aceptan el acuerdo
En Triviño Abogados nos estamos desmarcando un poco de una tendencia de algunos despachos. Los pleitos son de los clientes y los clientes tienen que, en todo caso, ser soberanos para decidir si aceptan el acuerdo o no. Desde el despacho estamos dejando total libertad a los clientes. Les explicamos cuál es la oferta y cuál es la diferencia con lo que realmente tendrían que obtener. Muchos de ellos están aceptando los acuerdos. No obstante, hay que advertir a aquellos clientes que ya han puesto la demanda que el acuerdo debe ser cerrado en sede judicial, precisamente para que sea la entidad bancaria la que corra con los costes de abogado y procurador, aunque lógicamente solo los costes devengados hasta el momento en que se presenta ese escrito con ese acuerdo. De este modo, la entidad abarata los costes de abogados y nuestro cliente obtiene la satisfacción de lo que él quería, mientras Triviño Abogados no supone coste alguno para el cliente afectado.