Las hipotecas multidivisa fueron ofrecidas por los bancos a los clientes sin tener en cuenta su perfil y sin saber si eran aptos o no para este tipo de producto.
La característica principal de estas hipotecas es que no se referencian en euros, sino en otras monedas extranjeras como los yenes, francos suizos o libras esterlinas. De esta forma, las cuotas de amortización del préstamo y el cálculo del capital no se realizan en euros, por lo que según la moneda elegida en vez de aplicar el Euribor se aplica el Libor, o un índice diferente.
La alta volatilidad de las divisas y la falta de transparencia de las entidades en los últimos años han perjudicado enormemente a los que contrataron esta opción. Se han dado muchos casos de personas que llevan pagando su hipoteca desde hace 10 años y se encuentran ante la tesitura de deber el doble de lo que pidieron prestado para adquirir su vivienda, cuando actualmente está valorada en la mitad. Todos estos afectados afrontan a día de hoy una situación de quiebra prácticamente total.
Pero no todo está perdido para estas personas. Una sentencia del Tribunal Supremo de junio de 2015 calificó estas hipotecas multidivisa como derivados financieros. Al darles esta calificación, las entidades financieras que concedieron estos créditos hipotecarios deberían haber informado de una forma clara y precisa a los beneficiarios, además de haber tenido en cuenta sus conocimientos financieros tal y como marca la normativa europea MIFID de protección al consumidor. Al no hacerlo, ya que estos productos se vendieron a particulares sin formación financiera alguna, el Tribunal Supremo abre una puerta a reclamar lo pagado de más desde la firma de la hipoteca.
En Triviño Abogados creemos que en un 90% de los casos los afectados por este producto van a poder recuperar su dinero.