¿Has dado positivo en un control de alcoholemia?
Nosotros te podemos ayudar
No debemos menospreciar que los efectos que nos produce el consumo de alcohol o drogas y sobre todo la influencia que tiene en nuestra capacidad para conducir. El problema se agrava sí además, causamos un accidente conduciendo bajo sus efectos. Nos encontramos con responsabilidades no sólo económicas, sino también penales.
- Asistencia al afectado desde el primer momento y 24 horas al día.
- Te acompañamos y defendemos en el juicio rápido.
- Te defenderemos en las actuaciones penales derivadas de la conducción de vehículos a motor bajo la influencia de bebidas alcohólicas o drogas.
¿Cómo pagar nuestros honorarios?
Recuerda que la consulta es totalmente gratuita y que haremos un presupuesto cuando estudiemos tu caso.
En la mayoría de los casos nuestros honorarios son recuperados por la defensa jurídica que tengas contratada en tu seguro.
¿Cómo nos puede afectar?
Si no has sobrepasado la tasa legalmente establecida, la denuncia supondrá una multa y la retirada de puntos del carnet. Si el conductor se niega a realizar la prueba de alcoholemia el agente puede proceder a la comunicación de un juicio rápido.
Pero… si sobrepasamos la tasa máxima ?????
- Tienes que contratar un abogado especialista.
- Al sobrepasar dicha tasa te imputarán un delito contra la seguridad del tráfico.
- Los agentes te entregarán una citación con la fecha del juicio rápido** a la que tendrás que acudir con un abogado.
**Juicio rápido. El Código Penal establece en el Capítulo IV que los conductores que den una tasa superior a 0,60 mg/l en aire espirado o de 1,20 g/l en sangre, se les impondrá una pena entre tres y seis meses de cárcel, multa de seis a doce meses, trabajo comunitario de 30 a 90 días y se le prohíbe conducir en un periodo entre uno y cuatro años.
NORMATIVA APLICABLE:
Tasa máxima de alcohol permitida para conducir:
CONDUCTORES | Límite en Sangre | Límite Aire Aspirado |
---|---|---|
General | 0,5 g/l | 0,25 mg/l |
Profesionales | 0,3 g/l | 0,15 mg/l |
Noveles | 0,3 g/l | 0,15 mg/l |
Drogas:
La Ley prohíbe conducir con presencia de drogas en el organismo del conductor, quedando excluidas las sustancias que se utilicen bajo prescripción facultativa y con una finalidad terapéutica