
Los Valores convertibles en acciones salieron al mercado el 19 de septiembre de 2007. Se comercializaron como un producto de renta fija con un interés ventajoso para sus clientes.
El 4 de octubre de 2012 los Valores se convertían en acciones del banco emisor no al precio de cotización de la acción ese día sino a un precio mucho más elevado. Ello suponía una importante pérdida para los clientes.
¿Quiénes pueden recuperar lo invertido?
Cualquier inversor sea persona física o jurídica siempre que tenga la condición de minorista.
Documentación necesaria para reclamar:
- Fotocopia del DNI de los titulares si son personas físicas o Escritura de constitución de la sociedad si son personas jurídicas.
- Contrato de depósito y/o administración de valores.
- Test de idoneidad o conveniencia realizado por la entidad financiera con el fin de determinar el perfil inversor.
- Extracto de la cuenta de valores, donde está depositado el producto, desde la fecha de adquisición del producto hasta la actualidad.
- Información fiscal del 2007 y 2012. Esta la puede pedir en la entidad.
- Certificado o documento que acredite el canje, de cuantas acciones le han dado y que valor tienen.
Podrá recuperar la inversión inicial más los intereses acudiendo a la vía judicial.
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La solución del pleito depende del fallo de los tribunales.