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¿Cómo va mi caso?
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¿Cómo va mi caso?

CLÁUSULA SUELO: PREGUNTAS Y RESPUESTAS

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TRIBUNAL EUROPEO. ¿QUÉ PASARÁ?

Falta menos de una semana  para que se haga pública la esperada sentencia del TJUE.

¿Qué puede pasar?

  1. Los jueces condenen a los bancos a devolver a los clientes lo cobrado de más desde el inicio del préstamo, lo que conocemos por retroactividad total.
  2. Los jueces sigan la sentencia del Tribunal Supremo español y los bancos SOLO devuelvan desde mayo de 2013.

El segundo escenario supondrá grandes pérdidas para los afectados pero no por ello hay que dejar de reclamar.  Dado el número de afectados por esta cláusula recomendamos hacerlo cuando antes.

¿Hay que presentar una reclamación por la vía judicial para recuperar las cantidades?

Por el momento, solo algunos bancos han dejado de aplicar la cláusula suelo de forma voluntaria, pero ninguno de ellos ha devuelto el dinero a sus clientes desde el inicio, ni tan siquiera desde mayo de 2013.

Entendemos que este criterio no cambiará si la cantidad a devolver es más alta y habrá que seguir reclamando por la vía judicial.

¿Por qué no atreverse a reclamar por la vía judicial?

Las probabilidades de éxito son altísimas.  Primero por la sentencia del Tribunal Supremo de 9 de mayo de 2013 y segundo por el gran respaldo que están teniendo este tipo de casos en los juzgados.

-¿Firmo un acuerdo con el banco?

Depende si al firmarlo renuncia a acciones legales. Es muy importante no dejarse presionar por el banco y evitar este tipo de acuerdos ofrecidos en muchas oficinas para evitar las demandas de sus clientes.
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-¿Y qué pasa si ya he presentado mi demanda pero llego a un acuerdo con el banco?

Al haber iniciado el procedimiento por la vía judicial, es en sede judicial donde hay que llegar a los acuerdos.  Si se paraliza dicho procedimiento extrajudicialmente esto le puede acarrear unos gastos.

Antes de firmar ningún acuerdo, recuerde que en TRIVIÑO ABOGADOS estudiamos su caso totalmente gratis y sin compromiso, y además:

  • Suponemos coste CERO para nuestros clientes.
  • No es que no cobremos. Repercutimos los honorarios de abogado, procurador a la Entidad Bancaria.
  • No cobramos provisión de fondos, ni gastos gestión por llevar el proceso.

No nos quedamos con ningún porcentaje de lo que usted recupere. Cobramos de las costas que el juez condena a la entidad.

Llámenos.

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