El Tribunal Supremo ha calificado las hipotecas multidivisa como derivados financieros. Por ello, las entidades prestamistas están sujetas a los deberes de información exigidos por la Ley del Mercado de Valores.
El consumidor debe saber qué; puede ocurrir que pasados varios años, si la divisa en la que contrató su hipoteca se ha depreciado frente al euro, \»no solo tenga que pagar cuotas de mayor importe en euros sino que además adeude al banco un capital en euros mayor que el que fue concedido el préstamo.
Las divisas más utilizadas en estas \»hipotecas multidivisa\», el yen japonés y el franco suizo, se han depreciado, por lo que los prestamistas deben abonar cuotas más elevadas.
Se incumplió con la obligación de informar a los clientes sobre la naturaleza y riesgos de este “derivado”.
Pero….No todo demandante debe realizar la reclamación.
Hay sentencias desfavorables respecto a perfiles de demandantes con estudios de economía, MBAS, etc…actividades de promoción inmobiliaria, etc…
\»No basta, por tanto, ser persona física para quedar incluido en el ámbito subjetivo de aplicación del Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios\» subraya dicha sentencia.
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Recuerde que en Triviño Abogados no deben de abonar cantidad alguna ni antes ni al finalizar el procedimiento judicial, puesto que los gastos de procurador, abogado y perito los abona el banco demandado.