El 7 de junio de 2017, una importante entidad bancaria fue intervenida y adquirida por otra por el importe de 1€. Este hecho ha perjudicado a miles de bonistas y accionistas al convertir el valor de los títulos a cero euros.
La instrucción del asunto penal, que se sigue ante el Juzgado Central de Instrucción nº 4 de la Audiencia Nacional, va ofreciendo novedades.
Recientemente la CNMV ha mostrado dudas acerca de la exactitud de las cuentas del Banco adquirido correspondiente al ejercicio 2016, ya que a juicio de este organismo de control parece ser que las cuentas podrían no reflejar la verdadera situación económica de la entidad. Dado que aún continúan las labores de investigación de lo ocurrido, nuestro despacho ha constituido una plataforma de afectados para personarnos y reclamar en dicho procedimiento el valor que tenían las acciones en la fecha de presentación de las cuentas del ejercicio 2016 y de las condiciones de la ampliación de capital de mayo de 2016.
¿Quién puede reclamar?
Cualquier inversor sea persona física o jurídica siempre que tenga la condición de minorista.
Tenemos dos tipos de afectados:
- GRUPO 1: A los que pertenecen los que tengan
- Acciones adquiridas en la ampliación de capital de 2016
- Obligaciones subordinadas del año 2011con vencimiento en el 2021, por falta de información en el momento de la adquisición.
- Bonos convertibles del 2009canjeado en 2011 y los convertibles en acciones en 2015, por nulidad de contrato
En los tres casos, las vías posibles para la reclamación se basan en la nulidad por vicio en el consentimiento, debido a la falta de información en el momento de la compra.
Se podrán recuperar la inversión inicial más los intereses acudiendo a la vía judicial.
- Y el Grupo 2: A los que pertenecen los propietarios de acciones adquiridas con anterioridad a la ampliación de capital de 2016 y mantenidas en cartera con posterioridad a dicha ampliación.
En este último supuesto, cabe reclamar una indemnización de daños y perjuicios. Nos vamos a personar como perjudicados en el correspondiente proceso penal.
Las condiciones que ofrece nuestro despacho son inmejorables. El estudio y las consultas previas son totalmente gratuitos. Si el afectado considera llevar a cabo la reclamación, sólo en el caso de que obtengamos una resolución favorable y el cliente haya recuperado una cantidad de sus ahorros perdidos, el despacho se limitará a cobrar en ese caso el 10% más I.V.A: de la cantidad recuperada.