Todavía están a tiempo de reclamar ante los tribunales la devolución de la inversión realizada en participaciones preferentes.
La Ley da un plazo de cuatro años para reclamar la nulidad de un contrato por error. Como este tipo de reclamaciones están prosperando, y los tribunales están dando la razón a los demandantes. Los afectados se preguntan desde cuándo empieza a contar este plazo. En el caso de las preferentes, se convirtieron en acciones de una manera obligatoria con fecha 26 de mayo de 2013, este plazo de 4 años solo transcurriría el 26 de mayo de 2017. De esta forma, los preferentistas todavía tendrían unas semanas de plazo para ejercer la acción.
No obstante, aunque se pasara el plazo del 26 de mayo de 2017, existen otros cauces legales para impugnar el contrato que se suscribió de preferentes, por ejemplo por incumplimiento o cumplimiento defectuoso del deber de asesoramiento por parte de la entidad bancaria. Así, este plazo sería aún mayor y estaríamos hablando del 1 de enero de 2021.
Desde nuestro despacho queremos informar a los preferentistas, pero les aconsejamos que, dado el tiempo transcurrido, deberían ir planteándose la reclamación de las mismas. Después de un estudio personalizado de un caso, presentaremos la oportuna reclamación ante los tribunales recuperando así lo invertido, más los intereses generados desde la inversión. En preferentes, el 100% de las mismas están prosperando y los tribunales nos están dando la razón.